ACUERDO SALARIAL CCT 308/75 -2022/2023-
Por medio de la presente, tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. a los efectos de poner en vuestro Conocimiento los principales alcances del NUEVO ACUERDO SALARIAL correspondiente al CCT 308/75, el cual fue suscripto entre los signatarios del CCT respectivo y las Cámaras Empresariales representativas el día 01/09/2022, a saber:
VIGENCIA: El nuevo acuerdo salarial tiene una vigencia desde el 01/09/2022 hasta el 31/08/2023 inclusive.
IMPORTE: A partir del 1o de Septiembre de 2022: $ 114.222,52. A partir del 1o de Febrero de 2023:$ 138.698,78.
La garantía mínima mensual se incrementara con un treinta por ciento (30%) por zona desfavorable, y en un uno por ciento (1%) sobre la suma que corresponda por cada año de empleo hasta los veinticinco años de antigüedad. Desde los veinticinco años de antigüedad el adicional se elevara al uno y medio por ciento (1,5%) sobre la garantía mínima inicial mensual.
El mismo acuerdo también establece:
1°) Suma Fija Remunerativa
De $60.000,00 (Pesos Sesenta Mil con 00/100) por única vez que será abonado a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 308/75. Se abonará en 6 (seis) pagos únicos, los cuales deberán figurar en recibo bajo un rubro aparte: “Suma fija art. 23° CCT 308/75”
$10.000,00 con remuneraciones de Octubre 2022
$10.000,00 con remuneraciones de Noviembre 2022
$10.000,00 con remuneraciones de Diciembre 2022
$10.000,00 con remuneraciones de Enero 2023
$10.000,00 con remuneraciones de Febrero 2023
$10.000,00 con remuneraciones de Marzo 2023
2°) Contribución Patronal Obligatoria (carácter extraordinario y excepcional):
De $900,00 (Pesos Novecientos con 00/100) mensuales por cada trabajador viajante y vendedor exclusivo y no exclusivo comprendido en el convenio 308/75, con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los viajantes de comercio O.S.V.V.R.A. enmarcado en la emergencia sanitaria agravada por la situación de Pandemia COVID 19 y que involucra a toda la a toda la cobertura médica asistencial; por el plazo comprendido desde el 01 de Septiembre de 2022 al 31 de Agosto 2023 inclusive.
El aporte deberá ser depositado mensualmente en la cuenta corriente del BBVA Banco Francés Suc. 043 N° 36891/8 y/o Banco Nación Argentina Sucursal 0085 N° 46319/75